De la revisión del recurso que cursa de fs
De la revisión del recurso que cursa de fs. 1176 a 1185 vta., formulado por Antonio Daza Bejarano, y Flora Daza Bejarano, esta última en representación de Andrea Demetria Daza Bejarano, Justa Daza Bejarano de Romero, Flora Daza Bejarano, Juan Daza Bejarano, Nicolasa Daza Bejarano de Limachi, Prima Daza Bejarano de Polares y Martha Daza Bejarano de Saavedra, se verifica que el mismo cumple con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil; estos hechos hacen admisible la consideración del recurso de casación, por lo que corresponde su análisis y Resolución conforme a derecho
