Que, con el Auto de Vista Nº 18/2017 de 20 de enero de fs
Que, con el Auto de Vista Nº 18/2017 de 20 de enero de fs. 166, la Industria Nacional de Cierres Automáticos S.R.L. “INCA SRL”, a través de su representante, fue notificada el 15 de febrero de 2017, conforme consta a fs. 169, interponiendo el recurso de casación en la forma el 23 de febrero del mismo año, conforme consta del cargo de recepción a fs. 171, en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 252 del CPT
- CONSIDERANDO I
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el Código Procesal del Trabajo (CPT),
- Que, el recurso de casación en la forma de fs
- Que, con el Auto de Vista Nº 18/2017 de 20 de enero de fs
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso, procédase a la admisión
- La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Firmado
