Que, conforme a la diligencia de notificación de fs
CONSIDERANDO II: (Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, conforme a la diligencia de notificación de fs. 121 y el timbre electrónico de recepción de fs. 169, consta que la entidad recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 17 de abril de 2017 y presentó el Recurso de Casación motivo de autos el 25 de abril, en el plazo establecido por el art. 273 del NCPC, ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista. Asimismo, identifica el Auto de Vista recurrido y efectúa exposición de hecho y de derecho señalando las normas que considera violadas y en qué consiste la violación
Que, conforme a la diligencia de notificación de fs. 121 y el timbre electrónico de recepción de fs. 169, consta que la entidad recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 17 de abril de 2017 y presentó el Recurso de Casación motivo de autos el 25 de abril, en el plazo establecido por el art. 273 del NCPC, ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista. Asimismo, identifica el Auto de Vista recurrido y efectúa exposición de hecho y de derecho señalando las normas que considera violadas y en qué consiste la violación
