POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 277 del NCPC, ADMITE el Recurso De Casación en el fondo de fs. 879 a 883 de obrados
- VISTOS: El Recurso De Casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del Recurso De Casación anotado, se evidencia que el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por secretaría procédase con el sorteo correspondiente de acuerdo al turno respectivo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
