Por memorial presentado el 10 de abril de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 492/2017-RA
Sucre, 30 de junio de 2017
Expediente: La Paz 30/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Alberto Remigio Guzmán Chuquimia
Delito: Lesiones graves y leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de abril de 2017, cursante de fs. 276 a 277, Víctor Pascual Guzmán Chuquimia, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 11/2017 de 2 de marzo de fs. 268 a 270 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Alberto Remigio Guzmán Chuquimia, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 492/2017-RA
Sucre, 30 de junio de 2017
Expediente: La Paz 30/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Alberto Remigio Guzmán Chuquimia
Delito: Lesiones graves y leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de abril de 2017, cursante de fs. 276 a 277, Víctor Pascual Guzmán Chuquimia, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 11/2017 de 2 de marzo de fs. 268 a 270 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Alberto Remigio Guzmán Chuquimia, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 10 de abril de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
