POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 507 a 521 vta., interpuesto por Juan Ignacio Figuerola Martin contra el Auto de Vista Nº 327/2014 de 24 de octubre, cursante de fs. 499 a 501 vta., y su Auto complementario a fs. 505, pronunciada por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Expediente: LP-48-17-S
- Partes: Martha Guillermina Rada Durán c/ Juan Ignacio Figuerola Martin
- Proceso: División y partición de bienes
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
