De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de casación de fs. 546 a 550 vta., deducido por John Flores Flores y Gladys Cerrogrande Mamani de Flores, se desprende que en lo más relevante; cuestionan que el Tribunal de Alzada a tiempo de pronunciar el Auto de Vista incurre en la violación del art. 265.I del Código Procesal Civil al resolver un punto que no fue objeto de apelación; arguyendo además que el Auto de Vista es carente de motivación y congruencia, vinculando su denuncia con la vulneración del derecho al debido proceso consagrado por el art. 115.II de la Constitución Política del Estado; fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: María Luisa Moller Lizarazu c/ John Flores Flores y otra
- Distrito: Oruro
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En el marco de lo preceptuado por el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
