Por lo expuesto, considerándose cumplida a cabalidad la carga procesal explicitada en el art
Por lo expuesto, considerándose cumplida a cabalidad la carga procesal explicitada en el art. 274 del NCPC, corresponde pronunciar Auto conforme al art. 277-II) del NCPC
- VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo (fs
- Por su parte el art
- Al efecto, el nuevo Código Procesal Civil (NCPC), Ley N° 439/2013, por mandato de la
- Concordante, el art
- Asimismo, la institución recurrente identifica el Auto de Vista impugnado y efectúa exposición de hecho
- Por lo expuesto, considerándose cumplida a cabalidad la carga procesal explicitada en el art
- Regístrese comuníquese y cúmplase
- Firmado
