POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
En el caso concreto, el Recurso de Casación cursante de fs. 1078- a 1081, cumple mínimamente con los requisitos de procedencia establecidos en el art. 274 del NCPC, en mérito a que identifica y fundamenta los agravios que presuntamente habrían cometido los miembros del Tribunal de primera instancia, al tiempo de haber emitido la Sentencia cursante de fs. 1069 a 1075.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art. 277 del NCPC, dispone la ADMISIÓN del Recurso de Casación cursante de fs. 1078 a 1081, correspondiendo la prosecución de la causa y espera de turno para sorteo
