La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con
Que, con el Auto de Vista Nº 225/2017 de 20 de junio, de fs. 240 a 243, Laboratorios BAGO de Bolivia S.A., a través de su representante legal, fue notificado el 22 de junio de 2017, conforme consta a fs. 249, interponiendo el Recurso de Casación el 28 de junio del mismo año, conforme consta del timbre electrónico de fs. 246, en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo; lo que conlleva a determinar, que el Recurso de Casación ha cumplido los requisitos exigidos en el art. 274 del NCPC, examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal, determinándose en consecuencia su admisibilidad.
POR TANTO:
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Código Procesal Civil; ADMITE el Recurso de Casación en la forma y en el fondo interpuesto por Laboratorios BAGO de Bolivia S.A., representada legalmente por Paola Marcela Díaz Soria Galvarro, cursante a fs. 246-250 de obrados
POR TANTO:
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Código Procesal Civil; ADMITE el Recurso de Casación en la forma y en el fondo interpuesto por Laboratorios BAGO de Bolivia S.A., representada legalmente por Paola Marcela Díaz Soria Galvarro, cursante a fs. 246-250 de obrados
