Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Inicialmente, la recurrente resume el recurso de apelación restringida interpuesto por el acusado Juan Valencia Aranibar y el Auto de Vista que anula la Sentencia; con ese antecedente señala que la Sentencia contiene fundamentación intelectiva y probatoria, que de forma pormenorizada y detallada, indica el medio probatorio y que demuestran cada una de ellos, hace referencia a las actas, inspecciones, fotocopias legalizadas y prueba de descargo, transcribe las declaraciones de todos los testigos de cargo y descargo, y explica en el considerando V, el razonamiento lógico del Tribunal, por lo que, a su criterio no se habría vulnerado derecho alguno del imputado, más al contrario indica que se estaría vulnerando los derechos de la víctima, que viene clamando justicia por cinco años y siendo que es una persona de la tercera edad. Para concluir cita los Autos Supremos: 214 de 28 de marzo de 2007 y 342 de 28 de agosto de 2006
- Por memorial presentado el 17 de abril de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
