De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 920 a 925 interpuesto por Juan Carlos Quiroga Saavedra contra el Auto de Vista de fecha 10 de mayo de 2017, cursante de fs. 901 a 904 y su Auto complementario a fs. 915, pronunciado por la Sala Primera Civil Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso sobre reivindicación y otros, seguido por Franz Grover Valverde Padilla contra el recurrente, el Auto de fs. 933 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia de fecha 29 de febrero de 2016, cursante de fs. 702 a 709, que declaró improbada la demanda principal, probada la reconvención de fs. 379 a 383 vta., por usucapión quinquenal, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante, fue resuelto por Auto de Vista de fecha 10 de mayo de 2017, cursante de fs. 901 a 904 y su Auto complementario a fs. 915, que revocó totalmente la Sentencia apelada, declarando probada la demanda, ordenando al demandado a proceder a la desocupación y entrega del inmueble que sería de propiedad del demandante, disponiendo asimismo que en ejecución de fallos se determine los daños y perjuicios; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Juan Carlos Quiroga Saavedra, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia de fecha 29 de febrero de 2016, cursante de fs. 702 a 709, que declaró improbada la demanda principal, probada la reconvención de fs. 379 a 383 vta., por usucapión quinquenal, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante, fue resuelto por Auto de Vista de fecha 10 de mayo de 2017, cursante de fs. 901 a 904 y su Auto complementario a fs. 915, que revocó totalmente la Sentencia apelada, declarando probada la demanda, ordenando al demandado a proceder a la desocupación y entrega del inmueble que sería de propiedad del demandante, disponiendo asimismo que en ejecución de fallos se determine los daños y perjuicios; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Juan Carlos Quiroga Saavedra, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Franz Grover Valverde Padilla c/ Juan Carlos Quiroga Saavedra
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
