De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 273 a 274 vta., interpuesto por Javier Serrudo Pérez contra el Auto de Vista Nº 136/2017 de 24 de mayo, cursante de fs. 269 a 270 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso sobre nulidad de documento seguido por el recurrente contra Hugo Roberto Martínez Duarte, el Auto de fs. 279 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 161/2016 de 29 de noviembre, cursante de fs. 244 vta. a 252 vta., que declaró improbada en todas sus partes la demanda; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante, fue resuelto por Auto de Vista Nº 136/2017 de 24 de mayo, cursante de fs. 269 a 270 vta., que confirmó totalmente la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Javier Serrudo Pérez, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 161/2016 de 29 de noviembre, cursante de fs. 244 vta. a 252 vta., que declaró improbada en todas sus partes la demanda; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante, fue resuelto por Auto de Vista Nº 136/2017 de 24 de mayo, cursante de fs. 269 a 270 vta., que confirmó totalmente la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Javier Serrudo Pérez, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Javier Serrudo Pérez c/ Hugo Roberto Martínez Duarte
- Proceso: Nulidad de documento
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
