II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 463 a 476 formulado por Maruja Choquehuanca Yujra, se desprende que entre otras, acusa la violación del art. 1278 del Código Civil, toda vez que el documento base de la acción y principalmente el documento de transferencia de fecha 17 de enero de 2014, habría sido suscrito sin llenar las formalidades de ley, peticionando por que se case el Auto de Vista recurrido; de lo que se verifica que el mismo cumple con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
De la revisión del recurso que cursa de fs. 463 a 476 formulado por Maruja Choquehuanca Yujra, se desprende que entre otras, acusa la violación del art. 1278 del Código Civil, toda vez que el documento base de la acción y principalmente el documento de transferencia de fecha 17 de enero de 2014, habría sido suscrito sin llenar las formalidades de ley, peticionando por que se case el Auto de Vista recurrido; de lo que se verifica que el mismo cumple con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Maruja Choquehuanca Yujra c/ Irma Emilia Coaquira Gonzales y Bernabé Cordero Catunta y Alfredo
- Proceso: Anulabilidad de documento
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
