De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de casación de fs. 146 a 147, deducido por Victoria Vargas Chavarria Vda. de Borda, se desprende que entre lo más relevante, cuestiona al Tribunal de Alzada que a tiempo de pronunciar el Auto de Vista incurre en la omisión de considerar los arts. 1372, 1382, 1383, 1392, 1538 y 1455 todos del Código Civil; peticionando casar el Auto de Vista recurrido; fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
De la revisión del recurso de casación de fs. 146 a 147, deducido por Victoria Vargas Chavarria Vda. de Borda, se desprende que entre lo más relevante, cuestiona al Tribunal de Alzada que a tiempo de pronunciar el Auto de Vista incurre en la omisión de considerar los arts. 1372, 1382, 1383, 1392, 1538 y 1455 todos del Código Civil; peticionando casar el Auto de Vista recurrido; fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Sucre: 18 de julio 2017
- Distrito: Potosí
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En el marco de lo preceptuado por el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
