POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 1263 a 1264 vta., interpuesto por Antonio Lee López Daza y el recurso de casación de fs. 1266 a 1267 vta., formulado por Jimmy Américo López Daza a través de su representante Paola Verónica Prudencio Candia contra el Auto de Vista Nº 88/2017 de 26 de mayo, cursante de fs. 1253 a 1269, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro
- Partes: Alfredo Hugo Sahonero Irahola c/ Jimmy Américo López Daza y otros
- Proceso: Reivindicación
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
