La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
Por lo señalado, el recurso cumple las exigencias previstas en el art. 274 del NCPC; siendo así, en el marco de lo establecido por el referido artículo y las normas citadas precedentemente, del examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal, se determina la admisibilidad del presente Recurso de Casación.
POR TANTO:
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Código Procesal Civil, ADMITE el Recurso de Casación interpuesto por Iver Vallejos Herrera, cursante a fs. 1127 a 1133 de actuados
POR TANTO:
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Código Procesal Civil, ADMITE el Recurso de Casación interpuesto por Iver Vallejos Herrera, cursante a fs. 1127 a 1133 de actuados
