Auto Supremo AS/0810/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0810/2017-RA

Fecha: 03-Ago-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

VISTOS: El recurso de casación de fs. 479 a 482 vta., interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz a través de su representante Fidel Cruz Ayaviri contra el Auto de Vista Nº 23/2017 de 24 de enero, cursante de fs. 475 a 477 pronunciada por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de mejor derecho Propietario y otros, seguido por María Isabel Illanes Cahuza contra la Entidad recurrente, el Auto de fs. 489 que concede el recurso, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 141/2015 de 13 de marzo, cursante de fs. 430 a 436, que declaró probada en parte la demanda principal, sin lugar a los daños y perjuicios, e improbada la demanda reconvencional, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la Entidad demandada, fue resuelto por Auto de Vista Nº 23/2017 de 24 de enero, cursante de fs. 475 a 477, que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz a través de su representante Fidel Cruz Ayaviri, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad