POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación de fs. 237 a 241 vta., interpuesto por Walter Chacón Gómez, Ana Maria Imaná Cano de Chacón (por sí y en representación de su hija menor de edad Mariana Victoria Chacón Imaná); Gimena Patricia, Paola Verónica y Daniela Chacón Imaná contra el Auto de Vista Nº 149/2017, cursante de fs. 233 a 234 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
- Partes: Walter Chacón Gómez y otros. c/ José Luis Chacón Chambi
- Proceso: Cumplimiento de contrato y otro
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
