De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
Distrito: Beni.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 370 a 374, interpuesto por Jhosmar Balderrama Serrudo, contra el Auto de Vista Nº 109/2017 de 11 de mayo, cursante de fs. 363 a 365 vta., pronunciado por la Sala Civil, Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, en el proceso sobre Nulidad de documento por simulación seguido por Nereida Balderrama Cuellar y Jhosmar Balderrama Serrudo por sí y en representación de Mirian Serrudo Rojas de Balderrama, Herson, Mijhael, Amelith Balderrama Serrudo contra Orlinda Balderrama Cuellar, Walter Hurtado Peñarrieta y Marlene López Melgar, el Auto de fs. 379 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 29/2017 de 22 de febrero, cursante de fs. 317 a 319 vta., que declaró improbada la demanda; Resolución de primera instancia que al ser apelada por los co demandantes, fue resuelto por Auto de Vista Nº 109/2017 de 11 de mayo, cursante de fs. 363 a 365 vta., que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Jhosmar Balderrama Serrudo, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
VISTOS: El recurso de casación de fs. 370 a 374, interpuesto por Jhosmar Balderrama Serrudo, contra el Auto de Vista Nº 109/2017 de 11 de mayo, cursante de fs. 363 a 365 vta., pronunciado por la Sala Civil, Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, en el proceso sobre Nulidad de documento por simulación seguido por Nereida Balderrama Cuellar y Jhosmar Balderrama Serrudo por sí y en representación de Mirian Serrudo Rojas de Balderrama, Herson, Mijhael, Amelith Balderrama Serrudo contra Orlinda Balderrama Cuellar, Walter Hurtado Peñarrieta y Marlene López Melgar, el Auto de fs. 379 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 29/2017 de 22 de febrero, cursante de fs. 317 a 319 vta., que declaró improbada la demanda; Resolución de primera instancia que al ser apelada por los co demandantes, fue resuelto por Auto de Vista Nº 109/2017 de 11 de mayo, cursante de fs. 363 a 365 vta., que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Jhosmar Balderrama Serrudo, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Nereida Balderrama Cuellar y Jhosmar Balderrama Serrudo por sí y en representación de Mirian
- Proceso: Nulidad de documento por simulación
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
