De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de casación de fs. 510 a 514, deducido por La Empresa SEICOSI Asociados representado legalmente por Carlos Fabricio Flores Sandoval; se desprende que en lo más relevante, cuestiona que el Fallo de Segunda Instancia incurre en la violación, interpretación errónea y aplicación indebida del art. 17 de la Ley 025 Ley del Órgano Judicial; asimismo acusa la violación de los arts. 105, 106 y 108 todos del Código Procesal Civil Ley Nº 439; elementos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
De la revisión del recurso de casación de fs. 510 a 514, deducido por La Empresa SEICOSI Asociados representado legalmente por Carlos Fabricio Flores Sandoval; se desprende que en lo más relevante, cuestiona que el Fallo de Segunda Instancia incurre en la violación, interpretación errónea y aplicación indebida del art. 17 de la Ley 025 Ley del Órgano Judicial; asimismo acusa la violación de los arts. 105, 106 y 108 todos del Código Procesal Civil Ley Nº 439; elementos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: Walter Campos Puente c/ La Empresa SEICOSI Asociados
- Proceso: Cumplimiento de contrato más pago de daños y perjuicios
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En el marco de lo preceptuado por el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
