CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso se constata que fue planteado en el plazo
CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso se constata que fue planteado en el plazo legal previsto por el art. 210 del Código Procesal Laboral, tomando en cuenta el sistema de cómputo previsto en el art. 90 del NCPC; por otra parte, identifica con precisión el Auto de Vista recurrido señalando al Nº 45/2017 de 23 de febrero de 2017, cursante a fs. 235 de obrados; finalmente cumple con citar con claridad y precisión la Ley o Leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error
- VISTOS: El Recurso de Casación, interpuesto por Juan Bautista Callisaya, de fs
- CONSIDERANDO I: Que por disposición del art
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso se constata que fue planteado en el plazo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por secretaria procédase con el sorteo correspondiente de acuerdo al turno respectivo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
