Que, con el Auto de Vista Nº 154 de 23 de junio de 2017 a
Que, con el Auto de Vista Nº 154 de 23 de junio de 2017 a fs. 176, el representante legal de la Empresa ASINTEC SRL., fue notificado el 3 de julio de 2017, conforme consta a fs. 129, interponiendo el Recurso de Casación en la forma y en el fondo el 13 de julio del mismo año, conforme consta del timbre electrónico a fs. 130, en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 252 del CPT
- Demandado : Empresa ASINTEC SRL
- CONSIDERANDO I
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el Código Procesal del Trabajo (CPT),
- CONSIDERANDO II
- Expresa con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o
- Que, con el Auto de Vista Nº 154 de 23 de junio de 2017 a
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso, procédase a la admisión
- POR TANTO
- Por consiguiente pase a secretaria para la prosecución del trámite correspondiente, y espera de turno
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
