Que, el Recurso de Casación de fs
CONSIDERANDO II:
II.1 Análisis de Admisibilidad del Recurso
Que, el Recurso de Casación de fs. 519 a 523, ha sido presentado ante el Tribunal que dictó la Sentencia cuya casación o nulidad se pretende; si bien refiere en el apersonamiento a la “Sentencia Nº 02/2017 de 9 de mayo de 2017, cursante a fs. 990 a 998”, empero en los fundamentos y petitorio menciona de manera clara la resolución de la cual se está recurriendo en casación (Sentencia Nº 04/2017 de 12 de mayo), aspecto formal que no puede constituir motivo de improcedencia
II.1 Análisis de Admisibilidad del Recurso
Que, el Recurso de Casación de fs. 519 a 523, ha sido presentado ante el Tribunal que dictó la Sentencia cuya casación o nulidad se pretende; si bien refiere en el apersonamiento a la “Sentencia Nº 02/2017 de 9 de mayo de 2017, cursante a fs. 990 a 998”, empero en los fundamentos y petitorio menciona de manera clara la resolución de la cual se está recurriendo en casación (Sentencia Nº 04/2017 de 12 de mayo), aspecto formal que no puede constituir motivo de improcedencia
- Que la Ley Transitoria para la Tramitación de los Procesos Contencioso y Contencioso Administrativo (Ley
- Que, el Recurso de Casación de fs
- Expresa con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o
- Que, con la Sentencia Nº 04/2017 de 12 de mayo de fs
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso, procédase a la admisión
- La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
