Auto Supremo AS/0962/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0962/2017-RA

Fecha: 06-Sep-2017

Conforme a lo previsto en el art


II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:

Conforme a lo previsto en el art. 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:

II 1. Emitido el Auto de Vista de fs. 565 a 567, se notifica al recurrente José Luís Quispe Marca en fecha 16 de junio de 2017, habiendo presentado el recurso en fecha 30 de junio de 2017 (fs. 581 vta.), y se notifica a la recurrente Cristina Mamani Condori en fecha 6 de julio de 2017 (fs. 582), habiendo presentado el recurso en fecha 20 de julio de 2017 (fs. 603), estos dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, recursos en los cuales también se advierte que los recurrentes identifican la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, los recurrentes impugnan la mencionada resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que confirmo el fallo impugnado recurren de casación, que resulta ser permisible, conforme al sistema de impugnación vertical