De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de casación de fs. 323 a 324 y vta., deducido por Orlando Chávez; se desprende que en lo más relevante, cuestiona que el Tribunal de apelación a tiempo de pronunciar el Auto de Vista incurre en la infracción de los arts. 110 y 106 del Código Civil, vinculando su denuncia con la vulneración de los arts. 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil (vigente en ese entonces); peticionando casar el Auto de Vista recurrido; elementos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
De la revisión del recurso de casación de fs. 323 a 324 y vta., deducido por Orlando Chávez; se desprende que en lo más relevante, cuestiona que el Tribunal de apelación a tiempo de pronunciar el Auto de Vista incurre en la infracción de los arts. 110 y 106 del Código Civil, vinculando su denuncia con la vulneración de los arts. 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil (vigente en ese entonces); peticionando casar el Auto de Vista recurrido; elementos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: Isabel Heredia Vda. De Bustillo y otro. c/ Orlando Chávez
- Proceso: Ordinario mejor derecho propietario y otros
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
