II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 609 a 616 vta., interpuesto por Federico Anze Méndez y el recurso de casación de fs. 621 a 641 vta., formulado por Ramiro Gonzalo Rodríguez Gamboa a través de su representante Oscar Julián Fernández Coca, se verifica que los mismos cumplen con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil; estos hechos hacen admisible la consideración de los recursos de casación, por lo que corresponde su análisis y Resolución conforme a derecho
De la revisión del recurso que cursa de fs. 609 a 616 vta., interpuesto por Federico Anze Méndez y el recurso de casación de fs. 621 a 641 vta., formulado por Ramiro Gonzalo Rodríguez Gamboa a través de su representante Oscar Julián Fernández Coca, se verifica que los mismos cumplen con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil; estos hechos hacen admisible la consideración de los recursos de casación, por lo que corresponde su análisis y Resolución conforme a derecho
- Partes: Ramiro Gonzalo Rodríguez Gamboa c/ Jorge Luís Ortiz López Bozo y otros
- Proceso: Reembolso de gastos en reparaciones y otros
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
