De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 751 a 755 y vta., deducido por Edmundo Fernández, Edgar Fernández Gonzales y Wilma Fernández Gonzales, contra el Auto de Vista Nº 225/2017 de 11 de agosto, cursante de fs. 746 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso de nulidad de documentos de transferencia de inmuebles y otros seguido por Edmundo Fernández y otros contra Leonardo Marín Sánchez y otros, la concesión de fs. 760, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 51/2016 de fecha 02 de diciembre, cursante de fs. 631 a 638 y vta., que declaró Improbada la demanda sumaria incoada de fs. 47 – 63 y ampliación de demanda de fs. 109, y Probada la reconvencional planteada a fs. 97 a 102 y vta., así como la excepción perentoria de falta de acción y derecho planteada por los demandados Leonardo Marín Sánchez y Eduarda Espinoza Rojas, manteniéndose vigentes, validos sin que afecte ninguna nulidad los contratos 26/2008 de 30 de julio del 2008, con una superficie de 252.30 mts2., en el que se consigna como legítimos propietarios a los esposos Leonardo Marín Sánchez y Eduarda Espinoza Rojas, y el contrato 11/1997 con una superficie de 250 mts2., en donde se consigna como propietarios legítimos a los sres. Francisco León y Lidia Sandoval de León, que adquirieron de sus anteriores propietarios Porfirio Campos e Inés Nava, sito en el Barrio Sagrado Corazón de la Localidad de Sopachuy del departamento de Chuquisaca, por lo que en ejecución de Sentencia los actores Edgar Fernández, Edmundo Fernández y Nieves Gonzales, deberán devolver la suma de Bs. 15.000.- que les fueron entregados de forma ilegal, con el fundamento ya descrito. Improbada las excepciones opuestas por los demandantes Edmundo Fernández, Nieves Gonzales y Edgar Fernández a fs. 114 a 117 y vta., de obrados sin costas al ser doble proceso; Resolución de primera instancia que al ser apelada por Wilma Fernández Gonzales (co-demandante), fue resuelto por Auto de Vista Nº 225/2017 de 11 de agosto, cursante de fs. 746 vta., que Anula obrados; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por los codemandantes que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 51/2016 de fecha 02 de diciembre, cursante de fs. 631 a 638 y vta., que declaró Improbada la demanda sumaria incoada de fs. 47 – 63 y ampliación de demanda de fs. 109, y Probada la reconvencional planteada a fs. 97 a 102 y vta., así como la excepción perentoria de falta de acción y derecho planteada por los demandados Leonardo Marín Sánchez y Eduarda Espinoza Rojas, manteniéndose vigentes, validos sin que afecte ninguna nulidad los contratos 26/2008 de 30 de julio del 2008, con una superficie de 252.30 mts2., en el que se consigna como legítimos propietarios a los esposos Leonardo Marín Sánchez y Eduarda Espinoza Rojas, y el contrato 11/1997 con una superficie de 250 mts2., en donde se consigna como propietarios legítimos a los sres. Francisco León y Lidia Sandoval de León, que adquirieron de sus anteriores propietarios Porfirio Campos e Inés Nava, sito en el Barrio Sagrado Corazón de la Localidad de Sopachuy del departamento de Chuquisaca, por lo que en ejecución de Sentencia los actores Edgar Fernández, Edmundo Fernández y Nieves Gonzales, deberán devolver la suma de Bs. 15.000.- que les fueron entregados de forma ilegal, con el fundamento ya descrito. Improbada las excepciones opuestas por los demandantes Edmundo Fernández, Nieves Gonzales y Edgar Fernández a fs. 114 a 117 y vta., de obrados sin costas al ser doble proceso; Resolución de primera instancia que al ser apelada por Wilma Fernández Gonzales (co-demandante), fue resuelto por Auto de Vista Nº 225/2017 de 11 de agosto, cursante de fs. 746 vta., que Anula obrados; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por los codemandantes que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
- Partes: Edmundo Fernández y Otros. c/ Leonardo Marín Sánchez y otros
- Proceso: Nulidad de documentos de transferencia de inmuebles y otros
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
