De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 336 a 338 vta., interpuesto por Mario Bladimir Zambrana Fernández contra el Auto de Vista Nº 78/2017 de 5 de abril, cursante de fs. 325 a 326 y su Auto complementario a fs. 330, pronunciada por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso sobre división y partición, seguido por Anna María Fernández Silva contra Mario Bladimir Zambrana Fernández y Elena Silva Vda. de Fernández, el Auto de fs. 356 que concede el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 653/2015 de 17 de noviembre, cursante de fs. 230 a 234, que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el codemandado Mario Bladimir Zambrana Fernández, fue resuelto por Auto de Vista Nº 78/2017 de 5 de abril, cursante de fs. 325 a 326 y su Auto complementario a fs. 330, que anuló obrados hasta fs. 37 inclusive, disponiendo se corrija procedimiento, de conformidad a lo previsto por el art. 218-II-4) del Código Procesal Civil; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Mario Bladimir Zambrana Fernández, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 653/2015 de 17 de noviembre, cursante de fs. 230 a 234, que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el codemandado Mario Bladimir Zambrana Fernández, fue resuelto por Auto de Vista Nº 78/2017 de 5 de abril, cursante de fs. 325 a 326 y su Auto complementario a fs. 330, que anuló obrados hasta fs. 37 inclusive, disponiendo se corrija procedimiento, de conformidad a lo previsto por el art. 218-II-4) del Código Procesal Civil; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Mario Bladimir Zambrana Fernández, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Expediente: LP-96-17-S
- Partes: Anna María Fernández Silva c/ Mario Bladimir Zambrana Fernández y Elena Silva Vda
- Proceso: División y partición
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
