Auto Supremo AS/0526/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Asimismo, con arreglo al citado art

2. Sobre la violación del Artículo 265 del Código Procesal Civil y 120 del Código Procesal del Trabajo que la recurrente le atribuye al Tribunal de Apelación.-
Independientemente a que en éste punto se incurre en similar deficiencia que en el anterior, éste Tribunal considera que la conclusión del Tribunal de Apelación en sentido que la demanda se encuentra dirigida contra la Planta Elaboradora de Queso San Javier, en términos de persona jurídica y no así contra una persona natural, no entraña error alguno que amerite censura, mucho menos advertirse infracción legal, por cuanto, efectivamente, así se tiene consignado en la demanda.
Asimismo, con arreglo al citado art. 120 del Código Procesal del Trabajo, como bien concluye el Tribunal de Apelación, tratándose de una persona jurídica, cualquiera que tenga representación legal de la empresa pudo haberse apersonado y asumir defensa en el juicio; facultad que, como se tiene expuesto supra, bien pudo haberla ejercido la ahora recurrente, quien, contrariamente, prefirió renunciar a tal prerrogativa