I.- ANTEDECENTES PROCESALES
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 606
Sucre, 30 de octubre de 2018
Expediente: 270/2018-CA
Demandante: Silvia Ruth Subirana Castellano
Demandado: Dirección del Notariado Plurinacional
Distrito: Santa Cruz
Proceso: Contencioso Administrativo
Magistrado tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa cursante de fs. 21 a 26, subsanada a fs. 31 de obrados, interpuesta por Silvia Ruth Subirana Castellano contra la Dirección del Notariado Plurinacional, impugnando la Resolución de Recurso Final Disciplinaria de Segunda Instancia DIRNOPLU N° 48/2018 de 26 de julio; los antecedentes del proceso, y:
I.- ANTEDECENTES PROCESALES:
Revisada la demanda de fs. 21 a 26, subsanada a fs. 31 de obrados, se advierte que la demandante impugna la Resolución Recurso Final Disciplinaria de Segunda Instancia DIRNOPLU N° 48/2018 de 26 de julio emitida por la Dirección del Notariado Plurinacional (DIRNOPLU), dentro del sumario Administrativo instaurado contra la ahora demandante por la DIRNOPLU, de la oficina Departamental de la ciudad de Santa Cruz, por haber incurrido en incumplimiento de los deberes y prohibiciones establecidos en los incisos a), b), i) del art. 18 de la Ley Nº 483, referidos a: A. Cumplir la presente Ley y sus reglamentos; B. Cumplir sus funciones con profesionalidad, ética, transparencia, responsabilidad, eficiencia, asesoramiento, imparcialidad y neutralidad; I. Comprobar los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico para la realización de los actos o contratos
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 606
Sucre, 30 de octubre de 2018
Expediente: 270/2018-CA
Demandante: Silvia Ruth Subirana Castellano
Demandado: Dirección del Notariado Plurinacional
Distrito: Santa Cruz
Proceso: Contencioso Administrativo
Magistrado tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa cursante de fs. 21 a 26, subsanada a fs. 31 de obrados, interpuesta por Silvia Ruth Subirana Castellano contra la Dirección del Notariado Plurinacional, impugnando la Resolución de Recurso Final Disciplinaria de Segunda Instancia DIRNOPLU N° 48/2018 de 26 de julio; los antecedentes del proceso, y:
I.- ANTEDECENTES PROCESALES:
Revisada la demanda de fs. 21 a 26, subsanada a fs. 31 de obrados, se advierte que la demandante impugna la Resolución Recurso Final Disciplinaria de Segunda Instancia DIRNOPLU N° 48/2018 de 26 de julio emitida por la Dirección del Notariado Plurinacional (DIRNOPLU), dentro del sumario Administrativo instaurado contra la ahora demandante por la DIRNOPLU, de la oficina Departamental de la ciudad de Santa Cruz, por haber incurrido en incumplimiento de los deberes y prohibiciones establecidos en los incisos a), b), i) del art. 18 de la Ley Nº 483, referidos a: A. Cumplir la presente Ley y sus reglamentos; B. Cumplir sus funciones con profesionalidad, ética, transparencia, responsabilidad, eficiencia, asesoramiento, imparcialidad y neutralidad; I. Comprobar los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico para la realización de los actos o contratos
- I.- ANTEDECENTES PROCESALES
- En ese contexto, analizada la demanda corresponde puntualizar que el Sistema de Control Gubernamental, previsto
- El art
- Por otra parte, la Ley N° 2341, Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), en su art
- En el marco del Sistema de Control Gubernamental, mediante Decreto Supremo N° 23318-A, se aprobó
- Disposición legal que fue modificada por el Decreto Supremo N° 26237 de 29 de junio
- En el contexto de dicha prohibición, el art
- En un caso análogo, la Sentencia Constitucional N° 0870/2004-R, de 8 de junio, determinó: “Del
- En ese sentido; resulta necesario señalar que en el presente caso, y de acuerdo al
- De lo anteriormente referido se evidencia que, la normativa aplicable a los procesos administrativos internos
- Estos aspectos legales inhiben a este Tribunal a ingresar a revisar el fondo de la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Al Otrosí 2 del memorial de fs
- Al Otrosí del memorial de fs
- En aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
