Auto Supremo AS/0943/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0943/2018-RA

Fecha: 01-Oct-2018

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Del escrito de casación saliente de fs. 1462 a 1468 vta., se identifica a los demandados como recurrentes, quienes en la modalidad de forma, denuncian que el Auto de Vista infringió el derecho al Juez natural, debido proceso y no discriminación, por cuanto, considero que al caso de autos como asunto civil cuando se trata de materia familiar, asimismo no se pronunció sobre todos los puntos apelados y omitieron la notificación a los herederos de Nelly Nogales Asbun, quien falleció en el curso del proceso. En el fondo formula sus agravios reiterando que el caso corresponde conocer al Juez de Familia y no al Juez Civil, añade que el Auto de Vista peca de incongruente, porque señalaron que habríamos utilizado documentos falsos o adulterados para el pronunciamiento del Auto Nº 600/2011 y finalmente refieren que tampoco se habría efectuado un análisis sobre la excepción de falta de legitimación, por lo que consideran infringidos los artículos 115.I, 117.I de la Constitución Política del Estado y el artículo 265 del Código Procesal Civil.
De donde se aprecia el cumplimiento de lo previsto en el artículo 274 del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 277.II del Código Procesal Civil en relación al art. 42.I num.1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación de fs. 1462 a 1468 vta., interpuesto por Blanca Nieve Gómez Nogales y Eduardo Gómez Nogales, contra el Auto de Vista Nº 142/2018 de 20 de julio, pronunciado por Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia intrafamiliar o Domestica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni