Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Así planteados los agravios por los recurrentes, se concluye que en la forma, han cumplido con la fundamentación exigida por el art. 274 num. 3) del Código Procesal Civil, por lo cual, es admisible.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 885 a 894, presentado por Lido Daniel Beccar Díaz en representación de la Cámara Junior de Tarija, impugnando el Auto de Vista Nº 103/2018, pronunciado el 27 de junio de 2018, por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.
En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 885 a 894, presentado por Lido Daniel Beccar Díaz en representación de la Cámara Junior de Tarija, impugnando el Auto de Vista Nº 103/2018, pronunciado el 27 de junio de 2018, por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.
En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- La parte recurrente realiza las siguientes denuncias
- Con base a todo lo expresado, solicita se declare improbada la demanda de reivindicación
- 3
- Solicita anular la resolución impugnada y se emita un nuevo Auto de Vista con las
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
