3. De la legitimación procesal
El recurrente de acuerdo al actuado de fs. 162, fue notificado con el Auto de Vista el 22 de agosto de 2018, y el recurso de casación de acuerdo al cargo de recepción de fs. 177, fue presentada el 5 de septiembre de 2018, en el plazo establecido por el art. 273 del Código Procesal Civil; es decir, dentro los diez días hábiles.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- En el fondo, denuncia que se omitió valorar las Escrituras Públicas No
- En consecuencia se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
