I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 682
Sucre, 27 de noviembre de 2018
Expediente : 372/2017
Demandante : Osvaldito Hurtado Iñepe
Demandado : Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija
Proceso : Pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales
Distrito : Pando
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fs. 47 a 49, interpuesto por la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija (ZOFRA COBIJA), por su Directora General Ejecutiva Tatiana Mónica Sejas Condori, contra el Auto de Vista N° 205/2017 de 7 de junio, de fs. 43 a 44, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; dentro del proceso de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales, interpuesto por Osvaldito Hurtado Iñepe contra la entidad recurrente; el Auto de 24 de julio de 2017, que concedió el recurso (fs. 52 vta.); el Auto Supremo Nº 372-A de 25 de agosto de 2017 (fs. 61), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 682
Sucre, 27 de noviembre de 2018
Expediente : 372/2017
Demandante : Osvaldito Hurtado Iñepe
Demandado : Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija
Proceso : Pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales
Distrito : Pando
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fs. 47 a 49, interpuesto por la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija (ZOFRA COBIJA), por su Directora General Ejecutiva Tatiana Mónica Sejas Condori, contra el Auto de Vista N° 205/2017 de 7 de junio, de fs. 43 a 44, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; dentro del proceso de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales, interpuesto por Osvaldito Hurtado Iñepe contra la entidad recurrente; el Auto de 24 de julio de 2017, que concedió el recurso (fs. 52 vta.); el Auto Supremo Nº 372-A de 25 de agosto de 2017 (fs. 61), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales por
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, ZOFRA COBIJA por medio de su Directora General Ejecutiva Tatiana
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, ZOFRA COBIJA, formuló recurso de casación en el
- El demandante fue contratado mediante un contrato de prestación de servicios de personal eventual, como
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, solicita, se case el Auto de Vista
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, es necesario realizar las
- Según el art
- Por otra parte, el D
- De lo normativa glosada supra, éste Tribunal concluye que si bien la Zona Franca Comercial
- Más aún, si se considera la expresa previsión del art
- Así entonces, no resulta difícil establecer que la entidad demandada, no sólo por su condición
- En cuanto al subsidio de frontera, es preciso tener en cuenta, que forma parte de
- Ahora, esta normativa que otorga este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición
- En relación al art
- A lo manifestado, se complementa lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
