Planteada la demanda social de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales por
Planteada la demanda social de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales por Osvaldito Hurtado Iñepe, y tramitado el proceso, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Cobija, pronunció la Sentencia Nº 128/017 de 23 de marzo de 2017, de fs. 27 a 29, donde declara probada en parte la demanda de fs. 19 a 20, sin costas; disponiendo que la entidad demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs.22.969.- (veintidós mil novecientos sesenta y nueva 00/100 bolivianos), por concepto de derechos laborales detallados en ese fallo
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales por
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, ZOFRA COBIJA por medio de su Directora General Ejecutiva Tatiana
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, ZOFRA COBIJA, formuló recurso de casación en el
- El demandante fue contratado mediante un contrato de prestación de servicios de personal eventual, como
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, solicita, se case el Auto de Vista
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, es necesario realizar las
- Según el art
- Por otra parte, el D
- De lo normativa glosada supra, éste Tribunal concluye que si bien la Zona Franca Comercial
- Más aún, si se considera la expresa previsión del art
- Así entonces, no resulta difícil establecer que la entidad demandada, no sólo por su condición
- En cuanto al subsidio de frontera, es preciso tener en cuenta, que forma parte de
- Ahora, esta normativa que otorga este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición
- En relación al art
- A lo manifestado, se complementa lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
