En consecuencia, por las razones expuestas precedentemente, se establece que el motivo analizado, no cumple
En consecuencia, por las razones expuestas precedentemente, se establece que el motivo analizado, no cumple con los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP y mucho menos con los presupuestos de flexibilización para su consideración en el fondo, correspondiendo declarar su inadmisibilidad ante la carencia argumentativa expuesta
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Olman Parada Parada interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Del análisis del recurso de casación, se observa que el recurrente luego de exponer consideraciones
- En este punto, corresponde mencionar con fines ilustrativos previo al análisis de admisibilidad del presente
- Ahora bien, del análisis del motivo expuesto, esta Sala Penal advierte que el recurrente incurre
- Finalmente, cabe señalar que si bien de manera escueta se arguye la vulneración del principio
- En consecuencia, por las razones expuestas precedentemente, se establece que el motivo analizado, no cumple
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
