CONSIDERANDO IV
Valga aclarar que lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que el legislador ha establecido prohibiciones expresamente establecidas por Ley, para la inviabilidad o improcedencia de los recursos de casación.
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
De acuerdo a lo glosado en el punto III.1 de la doctrina aplicable, la presente resolución tiene por único fin determinar si en el presente caso ha existido negativa indebida del recurso de casación no pudiendo a través de este mecanismo recursivo, analizar otras determinaciones emergentes de la sustanciación del proceso
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
De acuerdo a lo glosado en el punto III.1 de la doctrina aplicable, la presente resolución tiene por único fin determinar si en el presente caso ha existido negativa indebida del recurso de casación no pudiendo a través de este mecanismo recursivo, analizar otras determinaciones emergentes de la sustanciación del proceso
- Partes: Juan Hernán Sánchez Salazar
- Expediente: SC-139-18-Com
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO II
- Señaló que los presupuestos que fueron exigidos por el Tribunal de alzada no se encuentran
- Solicitando en definitiva se declare la legalidad de la compulsa y prosiga el correspondiente trámite
- CONSIDERANDO III
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- El art
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- CONSIDERANDO IV
- En relación a la recurribilidad de la resolución impugnada corresponde precisar los siguientes aspectos de
- En consecuencia, se concluye que el Tribunal de Alzada al haber rechazado el recurso de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
