La Agencia demandante a través de su representante Miguel Eugenio Flores Vargas, por memoriales de
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 714
Sucre, 4 de diciembre de 2018
Expediente: 135/2017
Demandante: Agencia Despachante de Aduana Trans
Oceánica
Demandada: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Magistrada Tramitadora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Miguel Eugenio Flores Vargas, en representación de Agencia Despachante de Aduana Trans Oceánica contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, por la que impugna las Resoluciones de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1665/2016, AGIT-RJ 1664/2016, AGIT-RJ 1655/2016, AGIT-RJ 1663/2016, AGIT-RJ 1662/2016, AGIT-RJ 1661/2016, AGIT-RJ 1660/2016, AGIT-RJ 1651/2016, AGIT-RJ 1654/2016, AGIT-RJ 1671/2016, AGIT-RJ 1656/2016, AGIT-RJ 1672/2016, AGIT-RJ 1673/2016, AGIT-RJ 1641/2016, AGIT-RJ 1630/206, AGIT-RJ 1642/2016, AGIT-RJ 1643/2016 todas de 13 de diciembre de 2016 y AGIT-RJ 0094/2017 y AGIT-RJ 0093/2017 ambas de 30 de enero de 2017;
I.- ANTECEDENTES PROCESALES:
La Agencia demandante a través de su representante Miguel Eugenio Flores Vargas, por memoriales de fs. 175 y vta. y de fs. 176 y vta., señala que estando vigente la Ley Nº 1105 de 28 de septiembre de 2018, mediante la cual se ha establecido un periodo de regularización para el pago de deudas y multas de dominio tributario; formula desistimiento de la demanda contencioso administrativa, fundando su solicitud en el art. 2 de Ley Nº 1105
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 714
Sucre, 4 de diciembre de 2018
Expediente: 135/2017
Demandante: Agencia Despachante de Aduana Trans
Oceánica
Demandada: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Magistrada Tramitadora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Miguel Eugenio Flores Vargas, en representación de Agencia Despachante de Aduana Trans Oceánica contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, por la que impugna las Resoluciones de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1665/2016, AGIT-RJ 1664/2016, AGIT-RJ 1655/2016, AGIT-RJ 1663/2016, AGIT-RJ 1662/2016, AGIT-RJ 1661/2016, AGIT-RJ 1660/2016, AGIT-RJ 1651/2016, AGIT-RJ 1654/2016, AGIT-RJ 1671/2016, AGIT-RJ 1656/2016, AGIT-RJ 1672/2016, AGIT-RJ 1673/2016, AGIT-RJ 1641/2016, AGIT-RJ 1630/206, AGIT-RJ 1642/2016, AGIT-RJ 1643/2016 todas de 13 de diciembre de 2016 y AGIT-RJ 0094/2017 y AGIT-RJ 0093/2017 ambas de 30 de enero de 2017;
I.- ANTECEDENTES PROCESALES:
La Agencia demandante a través de su representante Miguel Eugenio Flores Vargas, por memoriales de fs. 175 y vta. y de fs. 176 y vta., señala que estando vigente la Ley Nº 1105 de 28 de septiembre de 2018, mediante la cual se ha establecido un periodo de regularización para el pago de deudas y multas de dominio tributario; formula desistimiento de la demanda contencioso administrativa, fundando su solicitud en el art. 2 de Ley Nº 1105
- La Agencia demandante a través de su representante Miguel Eugenio Flores Vargas, por memoriales de
- II.- FUNDAMENTACIÓN DEL CASO
- Cuando se presente esta modalidad de desistimiento, es evidente que no se requiere el consentimiento
- Verificando los antecedentes del proceso, se advierte que en el caso presente, quien presentó el
- Por consiguiente, encontrando que lo solicitado es procedente, al advertirse que no se trata de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y archívese.
