Verificando los antecedentes del proceso, se advierte que en el caso presente, quien presentó el
Verificando los antecedentes del proceso, se advierte que en el caso presente, quien presentó el desistimiento de la demanda, es la parte demandante, la Agencia Despachante de Aduana Trans Oceánica, representada por Miguel Eugenio Flores Vargas, que tiene la titularidad de los derechos objeto de controversia, en el que se impugna las impugna las Resoluciones de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1665/2016, AGIT-RJ 1664/2016, AGIT-RJ 1655/2016, AGIT-RJ 1663/2016, AGIT-RJ 1662/2016, AGIT-RJ 1661/2016, AGIT-RJ 1660/2016, AGIT-RJ 1651/2016, AGIT-RJ 1654/2016, AGIT-RJ 1671/2016, AGIT-RJ 1656/2016, AGIT-RJ 1672/2016, AGIT-RJ 1673/2016, AGIT-RJ 1641/2016, AGIT-RJ 1630/206, AGIT-RJ 1642/2016, AGIT-RJ 1643/2016 todas de 13 de diciembre de 2016 y AGIT-RJ 0094/2017 y AGIT-RJ 0093/2017 ambas de 30 de enero de 2017; y que conforme a la norma pueden ser dispuestos de la manera más conveniente, sin necesidad de la aceptación de la parte demandada, al no estar prevista su solicitud, en ninguno de las causales de improcedencia descritas líneas arriba
- La Agencia demandante a través de su representante Miguel Eugenio Flores Vargas, por memoriales de
- II.- FUNDAMENTACIÓN DEL CASO
- Cuando se presente esta modalidad de desistimiento, es evidente que no se requiere el consentimiento
- Verificando los antecedentes del proceso, se advierte que en el caso presente, quien presentó el
- Por consiguiente, encontrando que lo solicitado es procedente, al advertirse que no se trata de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y archívese.
