CONSIDERANDO II
Contra la referida determinación Gregorio Toma Mamani, interpone recurso de casación de fs. 10 a 11 del testimonio de compulsa, cuya concesión fue denegada por providencia de 19 de noviembre de 2018, a tal efecto presenta el recurso de compulsa que se analiza.
CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE COMPULSA
Manifiesta que el recurso de casación fue presentado dentro de plazo, por quien recibió el agravio, en definitiva manifiesta que cumplió con los requisitos exigidos; señala también que no corresponde la aplicación del art. 274.II num. 2) de la Ley Nº 439.
Solicitando en definitiva, se declare legal el recuso de compulsa disponiendo la radicatoria del proceso para los trámites y resolución del recurso de casación
CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE COMPULSA
Manifiesta que el recurso de casación fue presentado dentro de plazo, por quien recibió el agravio, en definitiva manifiesta que cumplió con los requisitos exigidos; señala también que no corresponde la aplicación del art. 274.II num. 2) de la Ley Nº 439.
Solicitando en definitiva, se declare legal el recuso de compulsa disponiendo la radicatoria del proceso para los trámites y resolución del recurso de casación
- Partes: Julia Quispe Pucho representada por Gregorio Toma Mamani
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de compulsa de fs
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Sobre el tema el art
- Se debe entender que cuando el legislador ha establecido la procedencia del recurso de casación
- A efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende por Auto
- Valga aclarar que lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que el
- CONSIDERANDO IV
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
