CONSIDERANDO II: Por ello, en aplicación del art
CONSIDERANDO II: Por ello, en aplicación del art. 277. I del Código Procesal Civil, corresponde ahora, realizar el examen de admisibilidad, de ambos recursos a fin de determinar si se cumplieron o no los requisitos aludidos:
1.- Que el recurso, fue presentado dentro el plazo previsto por ley, en razón a que el recurrente fue notificado el 6 de junio de 2017 (fs. 137) y presentó su recurso el 9 del mismo mes y año, es decir dentro de los ocho días previstos por el art. 210 del Código Procesal del Trabajo, cumpliendo a cabalidad el art. 274-I-1 del Cód. Proc. Civ
1.- Que el recurso, fue presentado dentro el plazo previsto por ley, en razón a que el recurrente fue notificado el 6 de junio de 2017 (fs. 137) y presentó su recurso el 9 del mismo mes y año, es decir dentro de los ocho días previstos por el art. 210 del Código Procesal del Trabajo, cumpliendo a cabalidad el art. 274-I-1 del Cód. Proc. Civ
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por MARCEL HUMBERTO CLAURE QUEZADA, en representación de la
- En mérito a ello se establece que corresponde aplicar al caso de autos, dicha normativa
- En aplicación del art
- b) Se debe citar en términos claros y precisos el auto de Vista que se
- c) Se debe identificar con claridad, precisión la ley o leyes infringidas, violadas, o aplicadas
- CONSIDERANDO II: Por ello, en aplicación del art
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- Debe tenerse en cuenta que, en razón a la naturaleza del instituto, el tribunal de
- En ese marco el art
- En el marco de lo anterior y con la finalidad de precisamente permitir al tribunal
- En la línea de lo expuesto y las normas citadas, no resulta difícil concluir que
- Así entonces y teniendo en cuenta que es el cumplimiento de los requisitos de procedencia
- En efecto, el Art
- Consiguientemente, con base en lo expuesto, corresponderá declararse IMPROCEDENTE el presente recurso
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
