Auto Supremo AS/0048/2018-T
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0048/2018-T

Fecha: 27-Feb-2018

Debe tenerse en cuenta que, en razón a la naturaleza del instituto, el tribunal de

3.- Por último, se advierte que el recurso no cumple con los requisitos formales establecidos por el art. 274.I del Código Procesal Civil, por cuanto omite acusar infracción legal, así como identificar cuál la norma que el tribunal de casación hubiese vulnerado y cómo y de qué modo incurrió en tal violación, conforme previene el art. 274.I del CPC, de tal modo que permita abrir la competencia del Tribunal de Casación.
Debe tenerse en cuenta que, en razón a la naturaleza del instituto, el tribunal de casación se encuentra limitado a verificar y corregir, en su caso, los yerros en que hubiese incurrido dicho tribunal en la aplicación de la ley; de ahí que el juicio adquiere las características de puro derecho, a mérito que se orienta sustancialmente a discernir y resolver una cuestión entre la Ley y su infractor