CONSIDERANDO II: Por ello, en aplicación del art
CONSIDERANDO II: Por ello, en aplicación del art. 277. I del Código Procesal Civil, corresponde ahora, realizar el examen de admisibilidad, respecto del recurso de casación, contenido en el escrito de fs. 134-136 vta., interpuesto por la demandada y determinar si se cumplieron o no los requisitos aludidos:
1.- Se verifica que el recurso, fue presentado dentro del plazo previsto por ley, porque la recurrente fue notificada el 28 de agosto de 2017 y presentó su recurso el 07 de septiembre de 2017, es decir dentro de los ocho días establecidos por el art. 210 del Cód. Proc. Trab., cumpliendo a cabalidad el art. 274-I-1 del Cód. Proc. Civ
1.- Se verifica que el recurso, fue presentado dentro del plazo previsto por ley, porque la recurrente fue notificada el 28 de agosto de 2017 y presentó su recurso el 07 de septiembre de 2017, es decir dentro de los ocho días establecidos por el art. 210 del Cód. Proc. Trab., cumpliendo a cabalidad el art. 274-I-1 del Cód. Proc. Civ
- En mérito a ello corresponde aplicar las normas de esta última disposición legal, en el
- En aplicación del art
- b) Se debe citar en términos claros y precisos el auto de Vista que se
- c) Se debe identificar con claridad, precisión la ley o leyes infringidas, violadas, o aplicadas
- CONSIDERANDO II: Por ello, en aplicación del art
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- Todas estas infracciones legales y argumentos jurídicos deben ser analizados por este tribunal, evidenciando que
- Por lo expuesto, considerándose cumplida de forma razonable la carga procesal determinada por el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
