POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación de fs. 453 a 458, interpuesto por Renato Filiberto Escobar de Ugarte contra el Auto de Vista Nº 273-TER de fecha 25 de agosto de 2017, cursante de fs. 446 a 447, pronunciado por la Sala Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Partes: Gobierno Autónomo Municipal de San Julián representado por Faustino Copa Flores c/ Renato Filiberto
- Proceso: Fraude Procesal
- Distrito: Santa Cruz
- Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 116/2016, de fecha 08 de julio,
- Conforme a lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
