CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos por María Elena Romero
CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos por María Elena Romero de Torrico en representación legal de Olimpia Escalante Vda. de Ortuño Representante legal de la Sociedad Educativa Lourdes SRL y por Juan José Illanes Villacorta en representación legal de Olga de las Mercedes Uria Quintela, se advierte que fueron planteados y admitidos en vigencia plena del nuevo Código Procesal Civil (Ley Nº 439), por lo que, en cumplimiento a su Disposición Transitoria Sexta, corresponde examinar los mismos a efectos de verificar si se cumplieron o no los requisitos previstos por ley
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo Código Procesal Civil, Ley Nº 439
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos por María Elena Romero
- Que, de la revisión de los recursos formulados, se verifica que los mismos fueron planteados
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
