Auto Supremo AS/0124/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2018-RA

Fecha: 12-Mar-2018

Conforme a lo previsto en el art

CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia plena del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en el marco del art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
Emitido el Auto de Vista Nº 216/2017 de 08 de noviembre, de fs. 224 a 226, se notifica a Luis Alberto Llanos Arauz en fecha 16 de enero de 2018 (fs. 227), habiendo presentando el recurso de casación en fecha 25 de enero de 2018 (conforme se evidencia del timbre electrónico de fs. 228), dentro del plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil. Asimismo se advierte que el referido recurrente identifica la Resolución impugnada es decir el Auto de Vista Nº 216/2017; también corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia Nº 11/2017 de fecha 1 de marzo, el recurrente impugnó dicha Resolución, y ante la emisión del Auto de Vista que confirma la Sentencia, recurre de casación, aspecto permisible dentro del sistema recursivo vertical conforme señalan los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil