Auto Supremo AS/0201/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0201/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

De los antecedentes llegados a casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De los antecedentes llegados a casación se establece lo siguiente:

a)Previo al proceso sustancial mediante Resoluciones 11/2015 y 67/2015 de 10 de septiembre (fs. 1616 a 1621 y 1666 a 1675), las imputadas Camila Carolina de Matos Vilas Boas y Walkiria Goncalves de Oliveira, mediante procedimiento abreviado fueron sentenciadas a ocho años de presidio, renunciando ambas a recurrir en apelación restringida; por otra parte, por Sentencia 17/2017 de 22 de marzo (fs. 1813 a 1818 vta.), la Juez Técnica (Presidenta) del Tribunal Séptimo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Luís Fernando Riaño Doblado, absuelto de pena y culpa del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto en el art. 55 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, por existir duda razonable sobre su responsabilidad penal ante la insuficiencia de la prueba de cargo aportada por la acusación pública, siendo de voto disidente el Juez Freddy Coronel Alanoca, quien consideró la participación del imputado en el delito inmerso en grado de Complicidad