CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos por Silverio Moyata Magazín
CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos por Silverio Moyata Magazín y Erick Fernando Tavera Cabrera y de Carlos Enrique Robles Paniagua y Lorena Robles Paniagua en representación de la Empresa Centros de Eventos Ambassador, respectivamente, se advierte que fueron planteados y admitidos en vigencia plena del nuevo Código Procesal Civil (Ley Nº 439), por lo que, en cumplimiento a su Disposición Transitoria Sexta, corresponde examinar los mismos a efectos de verificar si se cumplieron o no los requisitos previstos por ley
- Auto Supremo Nº 130/2018-A
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo Código Procesal Civil, Ley Nº 439
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos por Silverio Moyata Magazín
- Que, de la revisión del recurso formulado, se verifica que dichos recursos fueron planteados dentro
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
