Auto Supremo AS/0207/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2018-RA

Fecha: 04-Abr-2018

Conforme a lo previsto en el art

CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia plena del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en el marco del art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible.
Emitido el Auto de Vista SCC II Nº 47/2018, se notifica a Alfredo Gisbert Patzi en fecha 22 de febrero de 2018 (fs. 221 vta.), habiendo presentando el recurso de casación el 08 de marzo de 2018 (conforme se evidencia del timbre electrónico de fs. 225), en el plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil. También se advierte que el referido recurrente identifica la resolución impugnada es decir el Auto de Vista SCC II Nº 47/2018; además corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia de 19 de diciembre de 2017, el demandado impugnó dicha resolución, y ante la emisión del Auto de Vista que confirma la sentencia, Alfredo Gisbert Patzi recurre de casación contra dicha resolución de segunda instancia, aspecto permisible dentro del sistema recursivo vertical conforme señalan los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil.
II.2. Análisis del contenido del recurso de casación.
1) Acusa que el Auto de Vista corrigió los errores de hecho y de derecho sobre los requisitos de contrato formal, asimismo sobre las pruebas de confesión provocada y declaración testifical de descargo, violación en la que ha incurrido el juez de primera instancia han sido corroboradas por el Tribunal de alzada, vulnerando la norma y efectuando una mala aplicación de la misma y el principio del debido proceso